La omisión de alimentos es un tipo de violencia económica, y la alimentación es un derecho del niño o la niña.
Según la Defensoría Pública, en el año 2021 en Nicaragua se emitieron 13,302 sentencias de demandas por pensión alimenticia. Este derecho puede recaer en cualquiera de las personas cónyuges o una de las dos personas es quien recibe por parte de la otra, dinero o especies para sufragar las necesidades primordiales de su hijo o hija.
En la mayoría de los casos son las mujeres quienes cargan con la mayor parte de la responsabilidad.
La pensión de alimentos debe hacer frente a lo necesario para el sustento de los hijos, entre lo que se incluye alojamiento, comida, vestimenta, asistencia médica y recreación –dentro de los gastos ordinarios–, y en el caso de los gastos extraordinarios suelen repartirse entre el padre y la madre en partes iguales.
De esto conversamos con Geni Gómez, feminista y defensora de derechos humanos y con Marbelly Mercado, abogada defensora de derechos humanos.