Redacción AP

El Congreso de Guatemala, con 92 votos a favor,  22 en contra y 47 ausentes aprobó el 1 de febrero unas reformas a la Ley de Migración, las que se vinculan con el tráfico ilícito de personas y sus penas de 100 mil hasta 200 mil quetzales por cada persona afectada. La iniciativa fue enviada por el Ejecutivo, liderada por Alejandro Giammattei, presidente de Guatemala, cuyo objetivo es endurecer las penas contra las estructuras que se dedican a la trata de personas.

#AHORA: el Pleno del Congreso aprueba en su tercer debate la #Iniciativa6022, que propone reformas a la Ley de Migración, con el objetivo de endurecer las penas al delito de tráfico de personas.

Aquí más detalles de la propuesta👇

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— Congreso Guatemala (@CongresoGuate) February 1, 2022


El congresista demócrata de Estados Unidos Vicente González (Texas) agradeció al Gobierno de Guatemala la aprobación de dichas  reformas que endurecen las penas contra traficantes de personas conocidos como coyotes. González destacó las acciones del país para dar protección a los migrantes y castigar a las estructuras que se dedican a la trata de personas.
¡Gracias, @DrGiammattei y al gobierno de Guatemala por dar este paso y hacer su parte para proteger a los migrantes y responsabilizar a quienes se benefician con la migración ilegal!, señaló en su cuenta oficial de Twitter.

 

Thank you @DrGiammattei and the government of Guatemala for taking this step and doing their part to protect migrants and hold those who profit off of illegal migration accountable! https://t.co/JIuXds6iBM

— Rep. Vicente Gonzalez (@RepGonzalez) February 2, 2022


El artículo 103 de las reformas, establece que el delito de tráfico ilícito de personas «lo cometen aquellos que faciliten el ingreso, permanencia o salida ilegal del territorio nacional de una o más personas extranjeras con el fin de obtener un beneficio directo o indirecto».

Para quienes trafiquen con personas mejor conocidos como coyotes, se establecieron penas de entre 10 y 30 años de prisión, así como una multa.

Otro artículo reformado de la ley es el 107, que incluye el tráfico ilegal de documentos; es decir, si se capta, si se aloja, si se oculta, si se traslada o transporta por cualquier vía o medio para que migren a otro país sin cumplir con los requisitos legales, serán sancionados. Este delito no será aplicable a los migrantes, padres, tutores, responsables o familiares en grado de ley de los migrantes guatemaltecos.

El artículo 108, incluye una serie de agravantes cuando se trata de personas menores de edad, mujeres embarazadas. La reforma establece aumento en las penas para los delitos de tráfico ilícito de personas y tráfico ilegal de guatemaltecos en dos terceras partes cuando se ponga en peligro la vida, la integridad o la salud del migrante o se le cause grave sufrimiento físico o mental; el autor o partícipe sea funcionario, empleado público o notario que en ejercicio de sus funciones facilite la comisión del delito; el hecho se realice por un grupo de tres o más personas, se trate o no de delincuencia organizada; cuando la persona migrante sufra privación de libertad en el extranjero, sea víctima de otros delitos o falleciere.
Aunque las reformas fueron aprobadas con la mayoría parlamentaria no se plantean acciones dirigidas a atacar las causas de la migración, como la corrupción y mafias que hay en el país, la violencia, la inseguridad, el desempleo, la falta de educación y salud; la pobreza, la pandemia del COVID-19, explicó Ixmucané Solórzano activista de derechos humanos de Guatemala.
A su vez, agregó que la iniciativa no da soluciones de fondo, porque lo que «más se menciona es que los coyotes han hecho menos daño que los corruptos». No se atacan las causas de la migración, ni sus efectos.

Con información de Agencia de Guatemalteca de Noticias