La Corte Interamericana de Derechos Humanos evaluó la situación de Nicaragua en una sesión extraordinaria efectuada este 19 de agosto de 2026. Durante la sesión se analizaron de forma detallada los casos de Juan Sebastián Chamorro y de los cuatro indígenas de la comunidad Mayangna.

Diversas agrupaciones defensoras expusieron el desacato estatal permanente frente a las medidas provisionales previamente decretadas por el tribunal. Las organizaciones indicaron que 16 personas beneficiarias de estas medidas de protección continúan bajo privación de libertad en el país.

El bloque defensor estuvo integrado por representantes del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional y de la organización Raza e Igualdad. También participaron integrantes de la Asociación Memoria y Justicia, el Colectivo Nicaragua Nunca Más y la Iniciativa Mesoamericana de Defensoras. El Centro de Asistencia Legal a Pueblos Indígenas completó el grupo técnico que expuso los alegatos correspondientes ante los magistrados. Como es ya de costumbre, la representación oficial del Estado nicaragüense no compareció a la audiencia internacional para responder a los señalamientos presentados.

La comisionada Rosa María Payá intervino en calidad de Relatora para Nicaragua de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. La experta Ariela Peralta participó en representación del Grupo de Expertos de Naciones Unidas (GREDHN) establecido para la crisis del país. Ambas funcionarias internacionales respaldaron técnicamente las denuncias de las organizaciones civiles sobre la situación jurídica de los internos. Insistieron en la obligación legal que posee el Estado de acatar de manera inmediata las medidas provisionales vigentes.

Los registros técnicos presentados demuestran que el tribunal interamericano ha dictado veinte resoluciones específicas sobre estos asuntos. Dichas disposiciones ordenan de forma expresa la liberación inmediata y la debida protección de la integridad de los ciudadanos beneficiarios. Ninguna de las órdenes de excarcelación ha sido ejecutada por las instituciones estatales nicaragüenses. Las organizaciones de derechos humanos denunciaron que esta omisión sostenida configura una conducta de evasión sistemática de compromisos.

La gravedad del panorama carcelario se refleja en los reportes de muertes ocurridas dentro de las instalaciones de reclusión estatales. Un total de cuatro personas presas políticas fallecieron bajo custodia directa de las autoridades durante los últimos 12 meses. Dos de estas personas de nacionalidad nicaraguense contaban con el estatus de beneficiarios de medidas provisionales vigentes de la CIDH. Además, las organizaciones señalaron que la ausencia de atención médica oportuna incide de forma directa en el desenlace de estos internos.

La muerte de Brooklyn Rivera constituye uno de los casos documentados bajo la custodia de agentes penitenciarios del Estado. La pérdida de quien fuera reconocido como Ta Upla del pueblo Miskitu ocurrió el 30 de mayo de 2026. El suceso se registró después de que el dirigente indígena permaneciera novecientos setenta días en condición de desaparición forzada. Los parientes de Rivera no pudieron asistir a la sesión judicial pero su caso fue expuesto formalmente ante los magistrados.

Otro caso expuesto ante el tribunal internacional corresponde al caso del líder de comunidades indígenas Steadman Fagoth Müller. Fagoth recibió una condena penal de 105 años de prisión dictada por las autoridades judiciales locales. Este fallo se decretó luego de que el dirigente denunciara la invasión de tierras comunales por parte de colonos. Su testimonio personal fue leído en público durante la audiencia debido a que sus familiares no pudieron presentarse en San José.

Por otro lado, los cuatro beneficiarios del pueblo Mayangna experimentan tratos que atentan contra su integridad física y su identidad cultural. El personal de custodia del centro penitenciario les prohíbe comunicarse empleando su lengua materna nativa. Los reportes indican que estos ciudadanos han sufrido humillaciones directas con respecto a sus prácticas religiosas habituales. Las denuncias detallan agresiones de carácter físico ejecutadas por los custodios penitenciarios en el mes de abril de dos mil veintiséis.

Las condiciones de reclusión documentadas por el equipo de defensores evidencian una vulneración constante a la dignidad de las personas. Los internos permanecen confinados en celdas herméticamente selladas que carecen de ventilación adecuada y presentan proliferación de plagas. Los espacios carcelarios se caracterizan por mantener iluminación artificial permanente junto con desabastecimiento de agua y alimentos aptos. El régimen de aislamiento severo impide la comunicación de las personas detenidas con sus representantes legales y con sus familiares.

El impacto de estas condiciones de detención resulta particularmente severo en los grupos con alto riesgo de vulnerabilidad.

Un grupo de siete adultos mayores padece enfermedades crónicas sin recibir la asistencia médica especializada requerida. Las mujeres recluidas enfrentan riesgos específicos de género derivados de las dinámicas del entorno de confinamiento carcelario. La representación jurídica demandó la aplicación de protocolos técnicos adecuados para garantizar la salud de la población penal.

La estructura legal nicaragüense ha registrado cambios que debilitan las bases de las garantías individuales de la ciudadanía. En febrero de 2025 se aprobó una reforma de rango constitucional que derogó la prohibición expresa de tortura. Dicha reforma suprimió de igual manera los principios fundamentales que regulan el debido proceso legal en el país. La reestructuración normativa eliminó la independencia institucional al disolver la separación de poderes en la administración pública.

La dirección del sistema político nicaragüense se definió a través de pronunciamientos emitidos en el ámbito público nacional. El codictador Daniel Ortega aseveró el 19 de julio de 2026 que no habrá nuevos procesos electorales. Esta declaración consolida el proceso de deterioro del Estado de Derecho reportado por los organismos internacionales de supervisión. Las agrupaciones civiles asocian estas dinámicas con la clausura de la representación democrática de la sociedad civil.

El Mecanismo para el Reconocimiento de Personas Presas Políticas registra 60 personas detenidas bajo acusaciones de motivación política. Los datos recopilados hasta el 31 de julio de 2026 confirman 23 casos de desaparición forzada. El registro de esta entidad independiente incluye a 15 personas adultas mayores que permanecen confinadas en las prisiones nacionales. Los informes técnicos detallan capturas de núcleos familiares completos ejecutadas bajo esquemas de represalia de carácter colectivo.

Las peticiones formales elevadas ante los jueces de la CIDH exigen el mantenimiento estricto de las medidas provisionales. Las organizaciones solicitaron ordenar la presentación de pruebas de vida verificadas para los internos reportados como desaparecidos. Se requirió la intervención activa del Consejo Permanente de la OEA para promover el cumplimiento de las resoluciones judiciales. El bloque defensor insistió en ordenar la excarcelación de quienes ya cumplieron sus condenas como José Urbina Lara.