¿En qué quedamos con la ley seca?

 

Redacción AP

En todos los países del mundo, cuando se celebran procesos electorales, las fuerzas del orden público establecen determinadas medidas para que la actividad se desarrolle en orden y armonía.

Pero en Nicaragua, se observan cosas raras en torno a las votaciones del 07 de noviembre. La policía publicó el pasado miércoles 03 de este mes, el Comunicado No. 02-2021 donde además de establecer perímetros de seguridad, dispone prohibiciones, todo relacionado con el contexto de las votaciones del domingo 07.

En su comunicación, la policía prohíbe, entre otros, “la comercialización de bebidas alcohólicas en supermercados, pulperías, bares, tiendas de conveniencia, licorerías, centros de diversión, restaurantes y similares, así como en la vía pública, a partir de las 2:00 de la tarde del día 06 de noviembre, hasta las 6:00 de la mañana del día martes 09 de noviembre del 2021”.


No obstante, el día de hoy la policía publicó la nota de prensa No. 315-2021 que indica, entre otros aspectos, que “todos los establecimiento de servicios turísticos, recreativos, deportivos, comerciales, cafeterías, restaurantes, y lugares de encuentro y esparcimiento, trabajarán y funcionarán normalmente, como corresponde a un país que disfruta plenamente sus derechos ciudadanos…”

¿Deja la nota de prensa invalidado el comunicado 02-2021 cuando dice que los establecimientos señalados trabajarán y funcionarán normalmente? ¿Quedan exentos de las prohibiciones establecidas en dicho comunicado, es decir libres de cumplir con la ley seca?



¿Será que la dictadura quiere con lo determinado en la nota de prensa 315-2021, que la población salga a las calles ante el perentorio llamado de organizaciones civiles de “no salgás a votar, quédate en casa?