Perú otorga facultades a Policía Nacional como en Nicaragua, El Salvador y Venezuela

Salomón Manzanares Calero.

Antonio Maldonado exprocurador anticorrupción de Perú criticó el decreto legislativo N° 1605, firmado por Dina Boluarte, presidenta de ese país, el cual modifica 30 artículos del Nuevo Código Procesal Penal para permitir a la Policía Nacional realizar investigaciones “urgentes o inaplazables”, sin presencia del Ministerio Público.

En declaraciones a RPP Noticias, Maldonado dijo que es un “gravísimo retroceso a lo que el Perú ha avanzado en estos años en la reforma procesal penal…En los países civilizados, avanzados y desarrollados, (como) Europa, Estados Unidos, etcétera, menos en las dictaduras, la investigación las conduce un Ministerio Público moderno, eficiente, bien formado, diligente y eficaz. La Policía es un órgano que coadyuva la investigación, pero el conocimiento jurídico técnico de lo que es aplicar la teoría jurídica no la tiene el cuerpo policial, la tiene un cuerpo técnico”, indicó.

Alegó que el Tribunal Constitucional declararía inconstitucional el decreto en caso que se promueva una demanda de inconstitucionalidad en su contra. No obstante, aseguró que los jueces del Poder Judicial podrían hacer control difuso e inaplicar el referido dispositivo legal emitido por el Gobierno. Dio como ejemplo el caso de la jueza Antonia Saquicuray, quien se opuso a aplicar la ley de amnistía a favor del Grupo Colina al considerar que estaban siendo procesados por crímenes de lesa humanidad.

Gobiernos populistas usan a la policía.

Países de la región como El Salvador, Nicaragua, Bolivia, Venezuela, etcétera, usan los mismos modelos donde se suprime la presencia del Ministerio Público. «Todo ello contradice el concepto de la debida diligencia, que es un concepto pacíficamente aceptado por la doctrina y la jurisprudencia de órganos internacionales de protección de derechos humanos”, dijo Maldonado.

Las nuevas funciones de las fuerzas policiales comprenden intervenir y detener a presuntos autores; asegurar documentos privados e instrumentos de telecomunicaciones, así como prescindir de un Fiscal de manera presencial durante una intervención. Así, la PNP tendrá la posibilidad de requerir los celulares de los detenidos sin necesidad de una orden judicial. Esto constituye una vulneración al derecho de secreto de las comunicaciones de la ciudadanía” informó El Pueblo, diario de Perú.

Foto: El Peruano